Seguro para autónomos. Incapacidad Laboral Transitoria (ILT)

Los trabajadores por cuenta propia o autónomos pueden protegerse en caso de una baja laboral por enfermedad o accidente contratando un seguro por incapacidad laboral transitoria (ILT).

Este producto se dirige a personas físicas, que sean mayores de 18 años. Como sabes, el Seguro de Incapacidad Laboral está dirigido a autónomos e incluso a trabajadores por cuenta ajena, que quieren tener la tranquilidad de que sus ingresos no se vean seriamente reducidos tras una enfermedad o accidente.

En concreto nos vamos a enfocar en los trabajadores autónomos o por cuenta propia.

¿Cuánto cobra un autónomo en baja laboral?

Todo dependerá del tipo de baja médica que tengas.

La cantidad que el autónomo va a cobrar se calcula aplicando un porcentaje a su base de cotización del mes anterior y dividiendo el resultado entre 30, ya que se cobra por día de baja médica.

En caso de que la baja médica del autónomo sea por enfermedad común o accidente no laboral:

·         Del día 1 al 3: no cobrarás nada.

·         Del día 4 hasta el 20: se aplica el 60% de la base de cotización.

·         A partir del día 21: se aplica el 75%.

Si por el contrario la baja médica del trabajador autónomo es considerada como accidente de trabajo o enfermedad profesional, cobrará el 75% de la base de cotización, desde el día siguiente al que te den la baja médica.

Para el resto de los casos que no hemos mencionado antes (maternidad, incapacidad permanente, etc.), se paga el 100% de la base de cotización.

Si ponemos un ejemplo práctico, donde una trabajadora autónoma que cobra 1.000 € al mes.

Con el nuevo sistema de cotización por tramos y, cotizando por la base mínima, su base es de 898,69 €.

En este caso se le tramita una baja por enfermedad común de 4 semanas de duración, lo que es un total de 28 días.

¿Cuánto cobraría esta trabajadora autónoma por todos estos días de baja?

Los 3 primeros días no se cobra.

Del día 4 al 20, ambos incluidos, se cobra el 60% de la base de cotización.

Del día 21 al 28, ambos incluidos, se cobra el 75% de la base de cotización.

En total son 485,29 €. Con este importe, debe hacer frente a su cuota de autónomos, por lo tanto, esta trabajadora autónoma no dispone de la cantidad necesaria para hacer frente a sus necesidades.

No lo dudes, de ahí viene la frase que los autónomos no se pueden dar de baja, a no ser que hayan contratado un seguro para autónomos que le aporte una indemnización económica por la baja médica.

De ahí, la importancia, de conseguir un ingreso extra durante ese tiempo que está de baja médica y con esta póliza de incapacidad laboral transitoria (ILT), recibirás una indemnización fija por tipo de patología, sin tener en cuenta los días que estés de baja.

Este producto además de indemnizar en caso de baja médica tiene otras ventajas:

Es un producto de contratación flexible tú eliges el capital diario a indemnizar, en función de tus necesidades.

Si eres autónomo podrás deducir el coste en tu declaración de IRPF hasta un máximo de 500 €, si estás cotizando por estimación directa.

En nuestra correduría de seguros Dpolizas, estamos preparados para atenderte de forma profesional y objetiva.

 

SEGURO PARA AUTÓNOMOS

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