Derecho al olvido oncológico

El 28 de junio de 2023 se aprobó el R.D. 5/2023 en el que se introdujo un derecho que afecta a todas aquellas personas que han padecido cáncer en España, el denominado

“derecho al olvido oncológico”


Con este nuevo decreto, las personas que han superado un cáncer no están obligadas, entre otras cosas, a declarar su situación a la hora de contratar pólizas de seguros, situándose en una situación mucho más ventajosa que la que tenían en el pasado.

El cáncer es una de las enfermedades más comunes y con mayor causa de muerte en el mundo, en la actualidad. No obstante, cada día es más habitual para las personas que sufren esta enfermedad superarla y llevar una vida completamente normal.

A pesar de ello, y después de haber tenido que transitar este duro recorrido, posteriormente, muchas personas se ven condicionadas en múltiples actividades de su día a día, debido a su pasada condición de salud.

Ha sido una práctica muy extendida en los formularios necesarios a la hora de contratar productos financieros, la pregunta por su situación de salud y si en el pasado se ha sufrido la enfermedad.

Por este motivo, es necesaria la regulación de este derecho con decretos como el publicado en junio, para luchar contra la discriminación y estigmatización de todos los afectados y con la que se pueda volver a llevar una vida normal.

En virtud de todo esto, si el tratamiento ha finalizado hace más de 5 años sin recaída posterior, no será necesario declararlo y, en el caso de declararse, no se tendrá en cuenta a la hora de definir el riesgo del seguro de vida.

En nuestra correduría de seguros Dpolizas, estamos preparados para atenderte de forma profesional y objetiva.

DERECHO AL OLVIDO ONCOLÓGICO

¡Contacta con nosotros hoy mismo!